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Tribunal rechaza acción de amparo contra espionaje telefónico

Santo Domingo, DN.- Mediante la sentencia número 0030-2017 del Tribunal Superior Administrativo fue rechazada la acción de amparo interpuesta contra el Departamento Nacional de Investigaciones (DNI), el Ministerio de Interior y Policía, y la Procuraduría General de la República por alegado espionaje telefónico. El fallo fue emitido en su parte dispositiva la mañana de este lunes 5 de junio.

La acción de amparo interpuesta por Claudio Caamaño Vélez, pretendía que el tribunal señalara a las autoridades sometidas que es ilegal es espionaje telefónico, y que la ley regula la forma de interceptar las llamadas. Con esta se pretendía proteger el derecho a la intimidad, el cual es un derecho fundamental contemplado en el artículo 44 de la Constitución de la República.

Esta iniciativa judicial se produjo como reacción a declaraciones de funcionarios quienes hacían alusión a la escucha de llamadas telefónicas de personas ligadas al colectivo que propugna el fin de la corrupción y la impunidad en la República Dominicana.

A consideración del juez Diomede Villalona Guerrero, quien preside la Segunda Sala del Tribunal Superior Administrativo, no se comprobó vulneración de derechos fundamentales, por lo que fue rachada la acción de amparo interpuesta por Caamaño Vélez. A pesar de ser acogida en cuanto a la forma, fue rechazada en cuanto al fondo.

De su parte Claudio Caamaño manifestó su indignación ante el abierto servilismo que muestra el Poder Judicial, y señala es un ejemplo de la decadencia y degeneración de la institucionalidad en el país.

Indicó que “la razón de ser de un Estado es garantizar los derechos de las personas, pero en la República Dominicana la función del Estado es validar el abuso de poder y revestir de impunidad a la clase gobernante”. Dijo que si bien esto lo llena de tristeza, también lo llena de fuerzas para seguir adelante, pues a su juicio “este rechazo es una vulneración más a los derechos de los dominicanos, esto hay que cambiarlo ya”.

Caamaño se mantiene a la espera de las motivaciones de la sentencia para elevar un recurso de revisión ante el Tribunal Constitucional.

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