ASDE cobrará mil pesos por “Registro de Motocicletas” ¿Más gastos, esto es legal, no usurpa funciones?
Por Jarlen Espinosa.
Santo Domingo Este, RD. – El Ayuntamiento de Santo Domingo Este (ASDE) ha anunciado para este lunes 13 de enero su plan de “Registro de Motocicletas”, con el que pretende que los munícipes puedan asegurar su “derecho a transitar”, los cuales entendíamos eran garantizados por la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) y el Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (INTRANT).
Lo que hasta ahora conocíamos sobre transitar en un vehículo es que para dichos fines se debía poseer una placa y marbete, y que, quien conduce el vehículo.
Según establece el Artículo 159 de la Ley 63-17, los vehículos de motor deben estar inscrito en el “Registro Nacional de Vehículos de Motor”, “que estará bajo la dependencia y administración de la DGII”, la cual a su vez expedirá la “matrícula”, tal como se especifica en el Artículo 160 de la referida ley.
De igual manera, en la DGII se realizará la renovación cada año de las placas…
Mientras que el INTRANT se encargará de ver que los conductores tengan la capacidad psicofísica para conducir, evaluándolos mediante exámenes teóricos y prácticos para la obtención de la licencia de conducir.
Ahora bien…
A los “turpenes” del Concejo de Regidores de la pasada gestión, se les ocurrió en la pasada gestión que encabezó el exalcalde Manuel Jiménez, aprobar el Reglamento 02-23, el cual establece en uno de sus artículos lo siguiente…
Basándose en el referido reglamento, la actual gestión del alcalde Dioris Anselmo Astacio (Dío), han anunciado no solo que estarán realizando el “Registro de Motocicletas”, sino que, además, los motociclistas deberán, aparte de presentar los documentos citados anteriormente, pagar la suma de RD$ 1,000.00 (mil pesos).
Pero…
¿A cambio de qué?
Si es por el pago de la placa, matrícula y marbete que debe tener un vehículo para poder transitar es algo que se paga en la DGII, si es para la licencia que habilita al conductor está el INTRANT, y para certificar que esto esté al día existe la Dirección General de Seguridad de Tránsito y Transporte Terrestre DIGESETT.
Además, en el numeral 48 de la Ley 63-17, especifica que los vehículos de motor serán clasificados y regulados por el INTRANT.
¿Por qué someter a los motoconchistas o mototaxis a gastar más dinero?
¿Para tener una base de datos?
Pídanle al “Registro Nacional de Vehículos de Motor” que le suministre los datos requeridos y punto.
Si es para “operar en el municipio” entonces…
¿Cómo se harán con los motoconchistas que vengan de otros municipios a SDE?
No caen mal esos mil pesos por cada mocotoconchista, pero, vamos a ponernos serios caramba, que no es que “la piña está agria” es que ni están apareciendo.