
Condenas de 30 de prisión dos hombres asesinaron taxista en entorno Faro a Colón
La decisión judicial fue tras un nuevo juicio.
En un nuevo juicio y al ser acogida la solicitud de los fiscales Juan Alberto Liranzo y Ana Basora, del Departamento de Litigación Definitiva de la Fiscalía en Santo Domingo Este-Norte, un tribunal condenó a 30 años de prisión a dos hombres, encontrados culpables de asesinar a cuchilladas a un taxista en el entorno del Faro a Colón, en un suceso ocurrido a principio mes de Noviembre del 2020.
Los condenados a 30 años de prisión cada uno son Beikel Eduardo (a) García Beikel Eduardo y Junior Santiago Jiménez Pérez (a) Junior Santiago y/o Moisés y/o Rubio, de 22 y 29 años de edad, respectivamente, ambos residentes en la calle 2da, en sector Lengua Azul, en el Ensanche Ozama, en Santo Domingo Este.
Fueron encontrados culpables el robo y posterior asesinato a cuchilladas de Ariel Isaías Raposo Holguín, un taxista de 21 años de edad, en un suceso que cometieron en el entorno del Faro a Colón, a principio del mes de Noviembre del 2020.
La condena fue dictada por el Segundo Tribunal Colegiado de la provincia Santo Domingo.
De acuerdo a la acusación, el seis de noviembre del 2020, aproximadamente a las 12:19 a.m., los ahora condenados a 30 años de prisión, solicitaron los servicios de un taxista mediante la aplicación móvil Indriver resultando Raposo Holguín quien se presentó a servirle.
En el trayecto, los ahora condenados Jiménez Pérez y García intentaron perpetrar un asalto contra el taxista Raposo Holguín y, al este presentar resistencia, lo asesinaron, lo despojaron de varias de sus pertenencias y lanzaron el cadáver en unos matorrales, en el entorno del Faro a Colón.
En momento de levantar el cuerpo, aproximadamente a las 9:10 a.m., el médico forense dijo que el cadáver de Raposo Holguín tenía al menos 47 heridas provocadas por arma blanca.
Las investigaciones de las autoridades de policía y del Ministerio Público pudieron verificar que el último servicio brindando por el taxista y el cual no fue culminado, fue solicitado por el pasajero Junior Santiago, a las 12:19 a.m. del día seis de noviembre del 2020, en la calle Prolongación 4ta. en Villa Duarte con punto final en Lengua Azul, en el ensanche Ozama.
Diez días después del suceso fue solicitada una Orden Judicial de Arresto contra Junior Santiago, siendo ordenada el mismo día por un juez y ejecutada el día 20 de junio, admitiendo el detenido su participación, en compañía del coimputado Beikel Eduardo.
Los dos detenidos dieron detalles a las autoridades de como cometieron los hechos, como habían tirado al occiso y donde dejaron abandonado el vehículo; detalles que fueron corroborados por los videos y la entrega voluntaria de arma utilizada, realizada por Paola Esther Félix Adames, la novia de uno de los justiciables.
También les fueron ocupados dos teléfonos celulares, uno marca Samsung y otro Huawei, que eran propiedad de la víctima.
Mediante la Resolución Penal número 530-2020-SMEC-02182, de fecha 23 de junio del 2020, un juez de la Oficina Judicial de Atención Permanente de Santo Domingo Este, le impuso a los dos encartados medida de coerción de prisión preventiva en la penitenciaría nacional de La Victoria.
Posteriormente fueron dictado sendos Autos de Aperturas a Juicio, bajo la acusación de violentar los Artículos 265, 266, 295, 304, 379, 381, 382, 383 y 384 del Código Penal Dominicano, que tipifican y sancionan la Asociación de Malhechores, Homicidio Voluntario y Robo Agravado, así como la violación del Artículo 83 de la Ley 631-16, para el Control y Regulación de Armas, Municiones y Materiales Relacionados.
El 20 de marzo del 2023, el Primer Tribunal Colegiado de la provincia Santo Domingo, dictó sentencia absolutoria por insuficiencia probatoria a los dos imputados, establecida el Artículo 337 numeral dos del Código Procesal Penal Dominicano y se ordenó, la puesta en libertad de los dos justiciables.
Esta decisión fue recurrida en la Corte de Apelación por el fiscal Ignacio Rojas, coordinador de Litigación Definitiva de la Fiscalía en Santo Domingo Este-Norte, logrando que fuera ordenado un nuevo juicio.
En el nuevo proceso, realizado el 24 de julio del 2024, el tribunal compuesto por Josefina Ubiera Guerrero (presidente), Yury Cuevas de la Cruz y Ariella Cedano Núñez (miembros), encontró culpables a los dos imputados en los ilícitos penales de Asociación de Malhechores, Homicidio Voluntario y Robo Agravado, así como la violación del Artículo 83 de la Ley 631-16, para el Control y Regulación de Armas, Municiones y Materiales Relacionados, imponiéndole 30 años de prisión a cada uno.
El tribunal acogió la querella de constitución en actor civil, e impuso a los condenados el pago de una indemnización de dos millones de pesos a favor de los familiares del occiso.
Con el fallo, el tribunal ordenó la variación de medida de coerción de los encartados, que fueron arrestados en la sala de audiencia.
El fiscal Geivis Tapia, del Departamento de Crímenes y Delitos Contra la Persona de la Procuraduría Fiscal de Santo Domingo Este, estuvo a su cargo la formulación de acusación y solicitud de Auto de Apertura a Juicio a los dos imputados.
El fallo establece que la condena sea cumplida en la penitenciaría nacional de La Victoria, y el que sea comunicado al juez de la Ejecución de la Pena, para su cumplimiento.
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