Destacadas de CiudadOriental.comJusticia

Dictan absolución a favor seis policías imputaban robar 370 mil euros

Por Julio Benzant
Santo Domingo Este. El Primer Tribunal Colegiado de la provincia Santo Domingo, dictó la tarde este miércoles sentencia absolutoria a favor de seis policías, entre estos dos teniente coroneles, imputados de robar 370 mil euros a una mujer que llegó al país procedente de Europa, por el Aeropuerto Internacional de Las Américas (AILA).

La sentencia de descargo favoreció a los ex tenientes coroneles Juan David Rodríguez y Elvin Lima Alcántara; el ex capitán Pedro Cleto Rosario, los ex sargentos Juan Manuel Román Mercado y Federico Armando Aybar Fortuna y el ex cabo Luis Manuel Zapata Luciano.

El grupo estaba imputado de despojar de la suma de 370 mil euros, (20 millones, 350 mil pesos, aproximadamente), la señora María Peña, una ciudadana dominicana residente en Holanda, quien se disponía ingresar de manera ilegal al país por el AILA , la alta suma de dinero.

Según la acusación, el suceso ocurrió el 26 de mayo del año 2015, en las proximidades de la estación de peajes de la Autopista Las Américas.

La Fiscalía llevó entre sus medios de pruebas, el detalle de la señora víctima del proceso, quien fue cuestionada por las partes a través de una video-llamada.

También, videos de vigilancias del sistema 9-1-1, en el que se aprecia a los agentes policiales detener el vehículo de la señora María Peña, para sustraer varias maletas, donde presuntamente estaba el dinero.

El 25 de junio del 2015, el entonces jefe de la Policía Nacional, mayor general Manuel Castro Castillo, canceló y puso a disposición de la justicia a los seis policía.

Luego de investigaciones, a principio de diciembre del 2015, el juez Julio Aybar, del Juzgado de Atención Permanente, le impuso al grupo un año de prisión preventiva en la cárcel de Operaciones Especiales, a pesar de haber sido cancelados de la Policía Nacional.

Esta disposición que fue cambiada varios meses después por la Corte de Apelación de esta jurisdicción, por garantía económica.

El grupo, al que la Fiscalía solicitó se le impusiera 20 años de prisión, estaba acusado de violar los artículos 147, 148, 265, 266, 379, 382, 383 y 386-2 del Código Penal Dominicano (CPD) y  lo establecido en la Ley 72-01, sobre lavado de activos.

Estos Artículos del CPD  sancionan la Falsedad en Escritura, Asociación de Malhechores, Robo con Violencia en Camino Público y portando armas.

El tribunal presidido por la jueza Elizabeth Rodríguez, y compuesto además por las magistrada Diana Moreno y Albania Mejía Colón (miembros), dictaron la sentencia absolutoria por insuficiencia de pruebas, establecido en el Artículo 337 del Código Procesal Penal (CPP).

Este Artículo del CPP declara el descargo total del o los imputados de un hecho punible, cuando las pruebas aportadas no son suficientes para establecer responsabilidad penal en los hechos atribuidos.

El tribunal declaró las costas de oficio y levantó cualquier tipo de medida de coerción que pesará contra los imputados.

La lectura integra de la decisión judicial será el 14 de junio del presente año.

Compartir:
Botón volver arriba