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Dictan absolución hombre acusado intentar matar a otro en Los Tres Brazos

Por Julio Benzant / Video***
Santo Domingo Este. Un hombre acusado intentar matar a otro en el sector Los Tres Brazos, en Los Mina Sur, en este municipio, le fue dictada sentencia absolutoria por insuficiencia de pruebas, por el Primer Tribunal Colegiado de la provincia Santo Domingo.

La orden de libertad por falta de pruebas, favoreció a William Vásquez de la Rosa, de 28 años, con domicilio en la calle Anacaona número 06, cerca del colmado El Mello, en el sector Los Tres Brazos, en Los Mina Norte, en este municipio.

Estaba acusado de asociación de malhechores e intento de asesinato en perjuicio de Manauris Beriguete Vicente, de 26 años, residente en la calle prolongación Venezuela número 36, en el mismo sector del imputado.

Según la acusación de la Fiscalía, a las 10 de la noche del 06 de enero del año en curso, el acusado Vásquez de la Rosa dio un empujón a Beriguete Vicente, con la presunta intensión de incitarlo a pelear, en el interior de la discoteca La Cigua, ubicada en el sector Los Tres Brazos.

Alegadamente al este negarse, supuestamente le habría advertido que se verían luego.

Una hora después del alegado primer incidente, supuestamente el encartado Beriguete Vicente habría salido a buscar a Beriguete Vicente para matarlo, en una motocicleta junto con otro hombre desconocido y con un arma de fuego en las manos.

En la presunta búsqueda, confundió el vehículo de la víctima con otra persona, al que supuestamente le realizó dos disparos y al percatarse que no era quien buscaba, dijo que buscaba a un tal Manauris, para que le prestará mil pesos.

Luego del supuesto incidente, el imputado Vásquez de la Rosa se marchó de la escena y le fue solicitada una Orden de Arresto, la cual fue ejecutada el 28 de mayo de este año, mediante la Orden Judicial numero 073-2019-EMES-07250.

Al día siguiente, un juez de la Oficina Judicial de Servicio Permanente, le impuso prisión preventiva en la cárcel de San Pedro de Macorís, mediante la Resolución Penal número 530-2019-SMEC-01476.

En el juicio de fondo iniciado el 28 de noviembre con la lectura de la acusación y la escucha de un testigo y posteriormente recesado para que el Ministerio Público condujera sus testigos.

La audiencia concluyo el tres de diciembre, sin poder ser llevados al plenario a la víctima y demás testigos en conducencia.

Fue en esas circunstancias, que el tribunal compuesto por los jueces Elizabeth Rodríguez Espinal (presidente), Julio Aybar y Juan Pablo Ortiz Peguero (miembros), dictó sentencia absolutoria a favor del imputado, amparado en lo establecido en el Artículo 337 párrafo II, del Código Procesal Penal (CPP).

Este Artículo del CPP, estable que se dicta absolución, cuando las pruebas aportadas no son suficientes para establecer responsabilidad penal del imputado.

El favorecido con la libertad por insuficiencia de pruebas fue asistido en su defensa técnica por la abogada Rosemary Jiménez, del Departamento de la Defensoría Pública.

Las costas penales y civiles del proceso fueron compensadas, por ser sentencia de descargo.

El tribunal fijo la lectura integra de la sentencia para el 25 de diciembre del año en curso.

 

 

 

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