Destacadas de CiudadOriental.comJusticia

Imponen 30 años de prisión hombre lanzó “ácido del diablo” a su ex pareja en Boca Chica

La mujer perdió la visión, producto de la agresión con la sustancia química.

Por Julio Benzant

Por Julio Benzant

Periodista- Ciudadoriental.com; el primer periódico en Internet de Santo Domingo Este. CONTACTO juliobenzant@gmail.com

**Video de la sentencia
«Señora póngase de pies,..¿qué espera usted de la justicia?”, preguntó la juez presidente del tribunal a la mujer víctima, antes de retirase a deliberar.

“Que se haga justicia, que se haga justicia…ya no puedo ni ver a mis hijos”, dijo María Báez Mojica, de 31 años de edad, la madre de tres hijos a la cual su ex pareja destruyó el rostro y dejó ciega, al lanzarle la denominada sustancia química conocida como “ácido del diablo”.

Su victimario, Carlos Martínez Pérez, de 33 años de edad, su ex pareja sentimental y padre de uno de sus hijos.

Martínez Pérez fue condenado a 30 años de prisión, al ser encontrado culpable de acto de tortura y barbarie, en perjuicio de su ex concubina.

El escenario fue el Segundo Tribunal Colegiado de la provincia Santo Domingo.

Allí, los fiscales Ivette Mateo y Ignacio Rojas, del Departamento de Litigación Definitiva de la Fiscalía de Santo Domingo Este, lograron destruir la presunción de inocencia que revestía al imputado, lograron fuera acogida la calificación jurídica e impuesta la pena de 30 años de prisión.

Según la acusación, el suceso ocurrió la noche del el 22 de enero del 2020, luego que el ahora condenado Martínez Pérez, asechara y persiguiera a su ex concubina, hoy víctima, y al lograr alcanzarla, le lanzó al rostro la denominada sustancia conocida como “ácido del diablo”, destruyéndole la cara y parte del cuerpo.

De acuerdo al documento, no bastó al acusado la acción barbárica, sino que también aprovechó para golpearla a trompadas y patadas a la mujer, que gritaba en el pavimento.

Puede interesarle:  Imponen 15 años de prisión hombre incautaron 480 libras de marihuana en Alma Rosa I

“Me va a matar, me va a matar”, gritaba la mujer.

Vecinos y transeúntes que escucharon los gritos desesperantes de la víctima, intervinieron evitando que el agresor lograra matar a la mujer, y un agente de policía, lo arrestó en fragrante delito.

El “ácido del diablo”, obligó la mujer fuera ingresada por algo más de un mes, en la Unidad de Quemado del Hospital Doctor Ney Arias Lora, con diagnóstico médico reservado.

Carlos Martínez Pérez
Carlos Martínez Pérez

La agresión provocó pérdida total de la visión, lesiones graves en la cara, en la región orbitaria derecha e izquierda, en la mucosa superior e inferior, quemaduras cubierta con apósitos e inmovilidad de sus brazos, de acuerdo al Certificado Médico Forense.

La víctima y su agresor tenían tres semanas de terminar su relación sentimental, separación presuntamente motivada por los celos.

Dos días después del suceso, un juez de la Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente, le impuso al agresor medida de coerción de prisión preventiva, para ser cumplida en la cárcel de La Victoria, de acuerdo a la Resolución Penal número 530-2020-SMEC-00193.

La fiscal Francisca Beato Dicent, de la Unidad de Atención a Víctima de Violencia de Género, Sexual e Intrafamiliar de la Fiscalía de Santo Domingo Este, estuvo a su cargo la investigación y formulación de acusación al imputado.

En el juicio de fondo, que se prolongó hasta la noche de este jueves 11 de noviembre, el tribunal compuesto por Josefina Ubiera Guerrero (presidente), Yuris Alexandra Cuevas de la Cruz y Ariella Cedano Núñez (miembros), encontró culpable al encartado en violación de los Artículos 303 y 303-4, 309-1 y 309-2 del Código Penal Dominicano (CPD), los cuales tipifican y sancionan los Actos de Tortura y Barbarie, así como la violencia intrafamiliar agravada.

Puede interesarle:  Alías “El Tuerto” condenado a 30 años de prisión por un asesinato en sector Valiente  

El Artículo 303 del CPD establece lo siguiente: “Constituye tortura o acto de barbarie, todo acto realizado con método de Investigación criminal, medio intimidatorio, castigo  corporal, medida preventiva, sanción penal o cualquiera otro fin que cause a las personas daños o sufrimientos físicos o mentales. Constituye igualmente tortura o acto de barbarie la aplicación de sustancias o métodos tendente a anular la personalidad o la voluntad de las personas o a disminuir su capacidad física o mental, aún cuando ellos no causen dolor físico o sufrimiento síquico”.

El tribunal impuso al condenado el pago de cinco millones de pesos de indemnización a favor de la víctima, al acoger la querella en actor civil interpuesta por el abogado Gabriel Hernández Mercedes, del Departamento de Defensoría de la Víctimas de la Procuraduría General de la República.

La fiscal Francisca Beato Dicent, de la Unidad de Atención a Víctimas de Violencia de Género, Intrafamiliar y Sexual de la Fiscalía de Santo Domingo Este, estuvo a su cargo la investigación y formulación de la acusación al justiciable.

Las costas penales del proceso fueron compensadas, por el imputado ser asistido por un abogado de la Oficina Nacional de la Defensoría Pública.

El fallo establece que el justiciable cumpla la pena impuesta en cárcel de la Victoria, y la decisión comunicada al juez de Ejecución de la Pena, para su fiel cumplimiento.

La lectura integra de la sentencia fue fijada para el dos de diciembre del año en curso.

Compartir:
Botón volver arriba