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Tribunal ordena libertad hombre asegura está preso por crimen no cometió

Por Julio Benzant
Santo Domingo Este. Andrés Trinidad Mejía, el recluso que estremeció las redes sociales con un video donde denunció que llevaba diez meses en la cárcel de La Victoria, imputado de un homicidio que presuntamente no cometió, le fue ordenada la libertad por un tribunal de esta demarcación.

La sentencia absolutoria fue dictada por el Primer Tribunal Colegiado de la provincia Santo Domingo, compuesto por las juezas Elizabeth Rodríguez Espinal (presidente), Carol Modesto y Diana Moreno (miembros).

Trinidad Mejía, estaba acusado de porte de Arma de Fuego y en el homicidio de Leyby Castillo De los Santos (a) Jame, de 21 años, en un suceso ocurrido el siete de noviembre del 2015, en el sector El Establo, en el distrito municipal de San Luis.

El imputado denunció en un video colgado en Youtube, que fue apresado en mayo del 2017 en la carretera de San Pedro-La Romana, presuntamente al confundirlo con un tal “Moreno Milesi”, quien estaba acusado en el homicidio del joven De los Santos (a) Jame.

En su denuncia, el justiciable argumentaba que habría sido sometido a malos tratos, presuntamente por los investigadores policiales y los representantes del Ministerio Público, a los cuales siempre negó ser la persona que buscaban.

En el video, el encartado Trinidad Mejía, denuncia alegados contubernios entre las autoridades y el tal “Moreno Milesi”, quien presuntamente sería un reconocido delincuente en el poblado de San Luís.

Trinidad Mejía fue apresado en mayo del 2017, en virtud de una querella interpuesta por la esposa de la víctima y única testigo presencial del suceso, quien lo señalaba como el autor material del asesinato de su pareja, De Los Santos (Jame).

Posteriormente, los familiares del occiso, desvincularon al recluso Trinidad Mejía con la muerte de su pariente, porque ellos conocen al llamado “Moreno Milesi”.

Luego de la denuncia de preso, en mayo de este año, la Procuraduría General de la República anunció que retiraría los cargos de homicidio presentados contra él.

Este martes 25 de septiembre, en el juicio de fondo, la Fiscalía retiró los cargos de homicidios contra el encartado, pero mantuvo la acusación de violación a los Artículos 39 y 40 de la Ley 36, sobre Porte y Tenencia de Arma de Fuego.

Luego de los debates y conclusiones, el tribunal colegiado dictó sentencia de descargo, por ser insuficientes las pruebas en contra del justiciable.

La decisión fue amparada en lo establecido en el artículo 337 numeral dos del Código Procesal Penal Dominicano, que estable dictar absolución, cuando las pruebas aportadas no son suficientes para establecer responsabilidad penal del imputado.

“No le queda más a esta tres juezas, en nombre del Estado Dominicano, presentarle excusas por todo lo que usted ha vivido hasta este momento, por el mal manejo que en la fase investigativa se le dio al proceso”, indicó la jueza Rodríguez Espinal, en las motivaciones finales de la sentencia.

La costas penales del proceso fueron declaradas de oficio, mientras fue ordenada la notificación de la decisión a las víctimas del proceso, para los fines de ley correspondiente.

La lectura integra de la sentencia será el 16 de octubre del año en curso.

 

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