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Sufragio: Devolver la libertad

Por Eddy Olivares Ortega
Cuando el 19 de marzo del 2020, en medio del temor y la incertidumbre, el entonces presidente de la República, Danilo Medina, declaró el estado de emergencia, para enfrentar la contagiosa y letal pandemia provocada por el coronavirus del 2019, nadie podía imaginarse que serían los poderes de crisis más prolongados de la historia otorgados al Presidente de la República.

Tan pronto el Congreso Nacional autorizó el estado de emergencia, el presidente Medina, haciendo uso de su poder de crisis, dictó un toque de queda que restringió, durante 25 días, tanto la libertad de tránsito como la de reunión.

El estado de sitio o de excepción, del que forma parte el Estado de Emergencia, de acuerdo con el Diccionario de Política, de Bobbio, Matteucci y Pasquino, “pretende habitualmente indicar el régimen jurídico excepcional al cual una comunidad territorial es sometida temporalmente, en consideración a un estado de peligro para el orden público, por efecto de una previsión de la autoridad estatal que atribuye poderes extraordinarios a la autoridad pública y que sanciona correspondientes restricciones de las libertades de los ciudadanos”.

Conforme a lo que dispone el artículo 262 de la Carta Magna, “se consideran estados de excepción aquellas situaciones extraordinarias que afecten gravemente la seguridad de la Nación, de las instituciones y de las personas frente a las cuales resultan insuficientes las facultades ordinarias”.

En los estados de excepción el presidente tiene facultad para declarar, con la autorización del Congreso Nacional, los estados de defensa, de conmoción interior y de emergencia, durante los cuales puede suspender la libertad de tránsito, consagrada en el artículo 46 de la Carta Sustantiva.

Los poderes de crisis se utilizaron originalmente en el antiguo Imperio Romano, en el que para enfrentar crisis graves se le otorgaban todos los poderes a un individuo, al cual se le puso por nombre dictador, que en nada se asemeja al arbitrario dictador moderno. La concentración de poderes en un dictador y la suspensión de las libertades, tal y como sostiene Vladimiro Naranjo, se justificaban cuando existía urgencia y acechaban graves peligros contra Roma.

Siempre que al dictador romano le eran otorgados los poderes de crisis, se trataba de un período fijo, que generalmente no pasaba de seis meses. Una vez el dictador concluía su misión, los poderes volvían a los distintos órganos que los habían delegados, y las libertades eran devueltas a los ciudadanos.

Después de dieciséis largos meses de restricción de la libertad de tránsito y de reunión, el hastío se ha apoderado de la mayoría de los ciudadanos, los cuales están presionando al gobierno para que le ponga fin al odioso toque de queda.

Ante el reclamo de muchos ciudadanos, a fin de que el gobierno les devuelva la libertad de tránsito, el presidente, Luis Abinader, ha respondido con una desescalada del toque de queda, que reducirá el tiempo del mismo, hasta culminar con la unificación del horario, a partir del próximo 21 de julio, de lunes a domingo, de 11 de la noche a 5 de la mañana, con dos horas de libre tránsito.

Sin embargo, el presidente condicionó la eliminación del toque de queda en las distintas provincias, a que, por lo menos, el 70 por ciento de los habitantes de cada una de ellas se haya vacunado con las dos dosis. Se trata de una muestra clara de que el toque de queda tiene los días contados.

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