Tribunal ordena libertad sobrino imputaban matar su tío
Por Julio Benzant
Santo Domingo Este. El Primer Tribunal Colegiado de la provincia Santo Domingo ordenó la libertad de un hombre que tenía más de un año preso imputado de matar a un tío suyo, en el municipio de los Alcarrizos.
La sentencia absolutoria favoreció a Gustavo Adolfo Méndez Bonilla (a) Pedro Pablo, de 24 años quien estaba imputado de matar de una cuchillada a su tío Luis Alexander Méndez (a) Ismael, de 49.
De acuerdo al expediente, el ahora occiso Alexander Méndez, fue encontrado muerto en el interior de su vivienda, ubicada en la calle San Antonio número seis partes atrás, en Los Alcarrizos.
Fue la noche del cinco de junio del 2015, y el cadáver presentaba una herida corto penetrante en el cuello.
De acuerdo a un vecino del occiso, este observó entrar y salir en varias ocasiones al imputado Méndez Bonilla a la vivienda.
Agrega que Felicia Méndez, una hermana de la víctima, habría escuchado un ruido y le llamó varias veces, pero que alegadamente, quien le contestó fue su sobrino, argumentando que su tío estaba borracho.
De acuerdo al relato de la mujer, el descargado supuestamente estaba celando a su concubina con su tío.
Estos testimonios referenciales no fueron suficientes para demostrar la responsabilidad penal del procesado, de acuerdo las juezas Eudelina Salvador (presidenta), Elizabeth Rodríguez y Ebridelina de la Hoz (miembros).
“Estas pruebas presentadas por el Ministerio Público son insuficientes, con estas no se puede imputar responsabilidad con el hecho punible”, indicó la magistrada Salvador.
El imputado, que tenía más de un año en la cárcel de La Victoria, les atribuían la violación de los Artículos 295, 296, 297,298 y 304 del Código Penal Dominicano, los cuales penalizan el homicidio.
También de violar la Ley 36 sobre Porte y Tenencia de Arma, en sus artículo 39 y 40.
El favorecido por el descargo fue asistido en su defensa por la abogada Eusebia Salas, del Departamento de la Defensoría Pública.
El Ministerio Público, había solicitado al tribunal que al imputado le fuera aplicada la pena maxima de 30 años de reclusión mayor.