Fiscales expresan indignación por pretensiones eliminar Consejo Superior del MP
Enviado por FISCALDOM
Desde la Asociación de Fiscales Dominicanos (FISCALDOM), se expresa la indignación existente en el Ministerio Público y el malestar general debido a que se está contemplando en el proyecto de Ley que declara la necesidad de Reforma Constitucional eliminar el artículo 174 de la Constitución de la República Dominicana, donde se instituye con carácter constitucional el Consejo Superior del Ministerio Público (CSMP).
Dicho Proyecto de Ley plantea relegar ese órgano constitucional a un órgano dependiente de una ley adjetiva, lo que puede mermar su autonomía o, incluso, desaparecerlo, violando el principio de irretroactividad de la ley y la progresividad de los derechos fundamentales. Esto ha sido una sorpresa para los fiscales, pues en las motivaciones del Proyecto de Ley no se explica cuáles son los motivos por los cuales se está tomando esta medida en contra del Consejo de los fiscales, el cual es una figura establecida como espejo del Consejo Superior del Poder Judicial, debido a que tanto el Poder Judicial como el Ministerio Publico cuentan con autonomía e independencia como parte del fortalecimiento del estado social democrático de derecho.
Pese a que han sido llamados 50 abogados al Palacio Nacional para discutir este proyecto de ley de reforma, allí, no hay ni un solo fiscal o representación de las Asociaciones de Fiscales, quedando totalmente excluidos de un proceso del cual se supone su institución es una de las principales protagonistas.
Con este proyecto se destruye la independencia y autonomía que se ha logrado en todos los años de instauración de la carrera del Ministerio Publico, violentando derechos adquiridos y los principios constitucionales, pretendiendo armar un traje a la medida del actual gobierno.
Preocupa sobremanera a FISCALDOM que, hablando de garantías de la independencia del Ministerio Público -paradójicamente- se intente menoscabar la autonomía constitucional de la que goza su órgano de gobierno. La eliminación de su base constitucional como órgano extrapoder establecido de forma paralela al Consejo Superior del Poder Judicial, debido a la importancia y estructura jerárquica igualitaria, esto delegaría su existencia a la voluntad legislativa y partidaria lo que significaría un retroceso significativo en términos de protección institucional.
El Consejo Superior del Ministerio Público, al estar consagrado en la Constitución, disfruta de una autonomía reforzada, lo que le permite operar con independencia de otras ramas del gobierno. Ello para garantizar que las investigaciones y procesos judiciales se lleven a cabo sin interferencias políticas o presiones externas. La eliminación de su reconocimiento constitucional implicaría que su existencia y funcionamiento quedarían sujetos a cambios legislativos, lo cual podría vulnerar su capacidad de actuar de manera autónoma que ayuda a garantizar su independencia. Eficiencia y eficacia, este modelo es el más actualizado y democrático dentro de los modelos existentes y que es implementado en países como España, Italia y México.
Además, esta propuesta contraviene los precedentes constitucionales que han establecido la importancia de la autonomía del Ministerio Público -y, en particular, de su Consejo Superior-. Estos precedentes han resaltado la necesidad de proteger a esta institución de injerencias que puedan comprometer su independencia y, por ende, la justicia misma. Aunado a que la existencia del Consejo Superior se vincula de manera directa a las reformas procesales que se han realizado en toda Iberoamérica, puesto que la misma asegura que el Ministerio Público tenga el espacio institucional necesario para actuar de acuerdo con los principios del nuevo sistema procesal penal acusatorio.
De esta forma para FISCALDOM, pretender eliminar la base constitucional del Consejo Superior del Ministerio Público y subordinar su existencia a la legislación ordinaria no solo pone en entredicho la autonomía de la institución, sino que también debilita las garantías de independencia necesarias para el correcto funcionamiento del sistema persecutor.
Es imperativo que se mantenga el carácter constitucional del órgano de gobierno del Ministerio Público para asegurar que este continúe operando con la autonomía y efectividad que la justicia requiere.