miércoles, 3 de junio de 2026
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Imponen 20 años de prisión a mujer haitiana por maltratos físicos a su hijastra de cinco

El nacional haitiano Oscar Sima, de 30 años de edad, padre biológico de la niña e imputado en el proceso, le fue dictado sentencia absolutoria por insuficiencia de pruebas.

Por Julio Benzant
Santo Domingo Este. Luego de la fiscal Liz Frías Sadhalá, demostrar la responsabilidad penal, un tribunal de esta demarcación, condenó a 20 años de prisión a una mujer de nacionalidad haitiana, encontrada culpable de provocar maltratos físicos y psicológicos a su hijastra de cinco años de edad, en un suceso ocurrido en el sector Vietnam de Los Mina, en este municipio.

La condena le fue impuesta a Mariyoniel Adenus, nacional haitiana de 29 años de edad, domiciliada en la calle Pedro Benoit número 126 parte atrás, en el barrio Vietnam, en Los Mina Norte.

La mujer fue  encontrada culpable del delito de actos de torturas y barbaries a su hijastra de cinco años de edad, a la cual provocó múltiples lesiones y mordidas, que obligaron el ingreso en un hospital, de manera urgente.

En tanto, el nacional haitiano Oscar Sima, de 30 años de edad, padre biológico de la niña y imputado en el proceso, le fue dictada sentencia absolutoria por insuficiencia de pruebas.

El fallo fue dictado por el Cuarto Tribunal Colegiado de la provincia Santo Domingo.

De acuerdo a la acusación, la mañana del 20 de octubre del 2017, la ahora condenada y madrastra de la menor, la agredió verbal y físicamente a la niña, golpeándola en diferentes partes del cuerpo, chocándola contra la pared de block y realizándole varias mordidas en el cuerpo.  

Las agresiones físicas a la niña de cinco años, provocaron múltiples lesiones, que obligó a que la menor fuera ingresada en el área de Emergencia Pediátrica del hospital infantil San Lorenzo de Los Mina.

Al día siguiente del ingreso, una médico legal adscripta a la Unidad de Victima de Violencia de Género, Sexual e Intrafamiliar de la Fiscalía de la provincia Santo Domingo, realizó una evaluación  a la niña, certificando diversos traumas contusos y mordidas humanas.

De acuerdo al Certificado Médico Legal, la niña presentaba múltiples lesiones física en toda la superficie corporal, compatible con la ocurrencia de mordeduras antiguas y recientes cicatrización: En la cara, traumas contusos recientes a nivel frontal, edema palpebral superior e inferior, y laceración a nivel del ángulo externo del ojo izquierdo, hemi cara izquierda edematizada (hinchada).

También presentaba lesiones en el cuello, con pequeñas cicatrices, en la clavícula izquierda, extremidades superiores, el tórax y los costados (derecho e izquierdo) presentaba lesiones arcadas, compatible con la} ocurrencia de mordedura humana.

En tanto, en la evaluación genital, en la vulva presentaba lesiones recientes en proceso de curación, compatible con la ocurrencia de quemadura de segundo grado, a nivel del monte de himenneal de borde ligeramente irregulares.

Luego de emitido la certificación medica legal, la Fiscalía solicito una Orden Judicial de Arresto contra la madrastra y el padre biológico de la menor, ejecutada el 24 de octubre del 2017

Dos días después, mediante la Resolución Penal número 3732-2017, un juez de la Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente, le impuso a la madrastra y al padre biológico, prisión preventiva como medida de coerción.

En el juicio de fondo, el tribunal compuesto por los jueces Julio De Los Santos Morla (presidente), José Augusto Santo Salvador y Carol Serenela Modesto Sánchez (miembros), encontró culpable a la madrastra imputada de violentar los Artículos 303, 303-1, 303-2 y 303-3 del Código Penal Dominicano, modificado por la Ley 24-97, que tipifican y sancionan los actos de torturas y barbaries.

También la violación de los Artículos 12, 14, 396 literales b y c y 397 de la Ley 136-03, que instituye el Código Para la Protección de los Derechos Fundamentales de los Niños, Niñas y Adolescentes.

En tanto, al padre biológico imputado,  el nacional haitiano Oscar Sima, de 30 años de edad, le fue dictada sentencia absolutoria por insuficiencia de pruebas.

El tribunal compensó las costas penales del proceso, por ambos encartados ser asistidos por abogados del Departamento de la Defensoría Pública.

El fallo del tribunal dispuso que la justiciable cumplan la condena  en la cárcel Najayo-mujeres, en la provincia San Cristóbal y que sea comunicada la decisión al juez de Ejecución de la Pena, para su cumplimiento.

La lectura integra de la sentencia fue fijada para el 13 de septiembre del año en curso.