
Ordenan libertad por falta de pruebas hombre acusaban violar menor en El Ureña
Luego de lograr retener la presunción de inocencia de manos de la abogada Ángela H. Núñez, de la Oficina Nacional de la Defensoría Pública, un tribunal ordenó la libertad de un hombre, acusado en la presunta violación de una menor de nueve años, en sector La Ureña, municipio Santo Domingo Este.
La sentencia absolutoria por insuficiencia probatoria favoreció a Even Juasin (a) Lisset, un nacional haitiano de 26 años de edad, domiciliado y residente en el sector La Ureña, en el referido municipio.
La sentencia fue dictada por el Segundo Tribunal Colegiado de la provincia Santo Domingo.
El justiciable era imputado en la presunta violación de una menor de 09 años de edad.
El extranjero fue arrestado mediante Orden Judicial emitida el 27 de mayo del 2022, luego de una denuncia de la madre de la menor, en la Unidad de Violencia de Genero y Sexual e Intrafamiliar de la provincia Santo Domingo.
Un juez de la Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente de la provincia Santo Domingo, le impuso prisión preventiva en la cárcel de La Victoria, mediante la Resolución Penal número 530-2022-SEMC-01261, del 27 de mayo del 2022.
Al justiciable le fue dictado auto de apertura a juicio de fondo, bajo acusación de violentar el Artículo 331 del Código Penal Dominicano, que sanciona la violación sexual,
Además, los Articulo 12, 13, 14, 15, 18, 396 y 397 de la Ley 136-03, que instituye el Código para la Protección de los Derechos Fundamentales de Niños, Niñas y Adolescentes.
En el juicio, al resultar contradictorios los relatos, no poder ser identificado por las víctimas y el certificado médico no señalar ilícito penal, el tribunal compuesto por Josefina Ubiera Guerrero (presidente) Yuri Cuevas de la Cruz y Nelcy Xiomara Ortega Ramírez (miembros), dictó sentencia absolutoria por insuficiencia probatoria al justiciable.
La sentencia fue amparada en lo establecido en el Artículo 337 del Código Procesal Penal Dominicano (CPP).
El Artículo 337 del CPP establece que; Se dicta sentencia absolutoria cuando: No se haya probado la acusación o ésta haya sido retirada del juicio; 2) La prueba aportada no sea suficiente para establecer la responsabilidad penal del imputado.
El tribunal ordenó su puesta en libertad desde la Sala de Audiencia, salvó existiera otro caso pendiente en justicia.