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UE endurece las reglas migratorias y abre la puerta a centros de retorno fuera de Europa

El Reglamento (UE) 2026/2280 fue publicado el 15 de octubre y entró en vigor al día siguiente; la mayoría de sus disposiciones se aplicará desde octubre de 2027.

CiudadOriental

Bruselas. La Unión Europea aprobó un nuevo marco legal para acelerar la devolución de extranjeros que no tienen derecho a permanecer en su territorio. La normativa establece procedimientos comunes, refuerza las obligaciones de cooperación con las autoridades y permite crear centros de retorno en países fuera del bloque comunitario.

El Reglamento (UE) 2026/2280, aprobado por el Parlamento Europeo y el Consejo de la Unión Europea, fue publicado en el Diario Oficial el 15 de octubre de 2026 y entró en vigor el día 16, según el texto legal oficial.

La reforma forma parte de la política migratoria europea y busca que las decisiones de retorno se ejecuten con mayor eficacia. Según el Consejo de la Unión Europea, aproximadamente dos de cada tres personas a las que se ordena abandonar el territorio comunitario no llegan a hacerlo.

Parlamento Europeo aprobó la medida con 418 votos

El Parlamento Europeo aprobó el reglamento el 17 de junio de 2026, con 418 votos a favor, 218 en contra y 30 abstenciones. El Consejo de la Unión Europea dio su aprobación definitiva el 1 de octubre.

La nueva legislación introduce un sistema común para gestionar los retornos, con obligaciones para las personas sujetas a órdenes de salida y herramientas adicionales para que los Estados miembros ejecuten esas decisiones.

Centros de retorno fuera de la Unión Europea

Uno de los aspectos más controvertidos es la posibilidad de trasladar a personas con órdenes de retorno a centros ubicados en países que no pertenecen a la Unión Europea.

Para hacerlo, los Estados miembros deberán celebrar acuerdos con los países receptores. Esos convenios deberán respetar el derecho internacional, los derechos humanos y el principio de no devolución, que impide enviar a una persona a un lugar donde corra determinados riesgos de persecución o daños graves.

El reglamento excluye a los menores no acompañados de los acuerdos para su traslado a esos centros.

Detenciones y mayores obligaciones de cooperación

La normativa contempla la detención cuando concurran las condiciones legales, como el riesgo de fuga o la falta de cooperación con las autoridades. También establece obligaciones relacionadas con la identificación y la documentación de las personas sujetas a procedimientos de retorno.

El Consejo de la UE informó que el reglamento prevé medidas más estrictas para quienes representen una amenaza para la seguridad. En esos casos pueden aplicarse disposiciones especiales, incluidas prohibiciones de entrada más prolongadas y medidas de internamiento bajo las condiciones establecidas por la ley.

¿Serán deportados todos los migrantes y ciudadanos turcos?

No. El reglamento no ordena la expulsión automática de todos los extranjeros ni de todos los ciudadanos turcos.

Su ámbito principal son los nacionales de países no pertenecientes a la UE que se encuentran en situación irregular y están sujetos a procedimientos de retorno. Cada caso debe tramitarse conforme a las disposiciones aplicables y respetando los derechos fundamentales.

Tampoco significa que toda persona que solicite asilo será deportada por presentar una solicitud. La situación jurídica individual y las decisiones correspondientes son determinantes.

La afirmación de que la norma afectará al 10 % de la población europea tampoco aparece respaldada por las fuentes oficiales consultadas.

Aplicación por etapas

Aunque el reglamento entró en vigor el 16 de octubre de 2026, no todas sus disposiciones comienzan a aplicarse al mismo tiempo.

El artículo 50 establece que determinadas disposiciones, incluidas las relacionadas con los acuerdos de retorno a terceros países, son aplicables desde esa fecha. La mayoría de las restantes disposiciones comenzará a aplicarse el 17 de octubre de 2027.

La reforma marca un endurecimiento de los mecanismos europeos para ejecutar las decisiones de retorno, pero su alcance dependerá de la aplicación concreta de la legislación por los Estados miembros y del cumplimiento de las garantías jurídicas.