Destacadas de CiudadOriental.comJusticia

Condenado a 20 años de prisión hombre obligó mujer cortarse el cabello

El justiciable imputaba a su pareja una supuesta infidelidad.

Julio Benzant

Periodista- Ciudadoriental.com; el primer periódico en Internet de Santo Domingo Este. CONTACTO juliobenzant@gmail.com

 

Si usted es de los hombres que se deja cegar por los celos, y junto con estos, tomar acciones violentas, de tortura o de cualesquiera otras índoles contra su pareja sentimental, debería pensarlo mil veces.

La recomendación viene a colación, por lo que le pasó a un hombre, que obligó a concubina cortarse el cabello, argumentando que le fue infiel.

Por esta acción, tipificada como acto de tortura y barbarie, así como violencia contra la mujer, fue condenado a 20 años de prisión por el Segundo Tribunal Colegiado de la provincia Santo Domingo.

El condenado es Diego Mendoza Martínez (a) Chicoda, de 38 años de edad, domiciliado en la calle El Euro, edificio 4, sector La Moneda II, en el municipio Santo Domingo Este.

El justiciable fue encontrado culpable de acto de tortura y barbarie y violencia en contra de Paola Guzmán Ozoria, su pareja sentimental de 27 años de edad, domiciliada en la calle Anacaona s/n, en la Carretera Cruce de Mendoza, en el referido municipio.

Según la acusación, el 18 de marzo del 2021, circulo un video por las redes sociales, donde el ahora condenado (a) Chicoda, obligaba a su pareja (victima), a recortarse el pelo con una tijera y posteriormente a rasparse la cabeza con un abejón.

Mientras (a) Chicoda obligaba a la mujer a rasparse el pelo, la hizo decir que ella había sido infiel y había, supuestamente, entrado un hombre a la casa en su ausencia y que se arrepentía del supuesto hecho.

El ahora condenado, advirtió bajo amenaza a la mujer, que era mejor que la vieran viva cortándose el pelo y posteriormente, subió el video a las redes sociales, convirtiéndose en viral y retrasmitido hasta en medios televisivos internacionales.

Ese mismo día, luego de salir el video en redes sociales, la mujer huyó por salvar su vida a la provincia María Trinidad Sánchez, donde fue encontrada por las autoridades escondida en el hotel del municipio de Cabrera.

Al ser traída a municipio Santo Domingo Este, presentó formal denuncia contra su verdugo, en la Unidad de Violencia de Genero, Intrafamiliar y Sexual de la Fiscalía de este municipio.

La mujer relató que ella tenía su maleta preparada porque su pareja (a) Chicoda, le daría el pasaje para que se regresara a para Nagua.

Cuando el ahora condenado regresó, comenzó a vociferarle palabras obscenas, con cuanto hombre había estado y le lanzó el dinero en la cara, advirtiéndole que no se iría de la casa,

Fue en ese momento que le dijo que, si ella no quería que él la mate, ella tenía que hacer lo que él quiera, entregándole una tijera para que se cortara el pelo y posteriormente el abejón, al tiempo que amenazaba con matarla.

Luego de las evaluaciones médicas y psicológicas, se procedió a solicitar Orden de Arresto contra (a) Chicoda, y posteriormente presentado antes un juez de la Oficina Judicial de Servicio de Atención Permanente, que le impuso medida de coerción de prisión preventiva en la cárcel de La Victoria.

En el juicio de fondo, el tribunal compuesto por Josefina Ubiera Guerrero (presidente), Ariella Cedano Núñez y Yury Cuevas de la Cruz (miembros), encontró culpable al justiciable de violación de los Artículos 303, 307, 309, 309-1, 309-2 y 303-3, del Código Penal Dominicano (CPD), que tipifican y sancionan las amenazas, Actos de Tortura y Barbarie, así como golpes, heridas y violencia contra la mujer.

Artículo 303 del CPD, establece lo siguiente: “Constituye tortura o acto de barbarie, todo acto realizado con método de investigación criminal, medio intimidatorio, castigo corporal, medida preventiva, sanción penal o cualquiera otro fin que cause a las personas daños o sufrimientos físicos o mentales. Constituye igualmente tortura o acto de barbarie la aplicación de sustancias o métodos tendentes a anular la personalidad o la voluntad de las personas o a disminuir su capacidad física o mental, aun cuando ellos no causen dolor físico o sufrimiento síquico”.

El tribunal acogió la querella en actor civil e impuso al condenado el pago de una indemnización de dos millones de pesos, como justa reparación al daño causado.

El fiscal Ignacio Rojas, coordinador del Departamento de Litigación Definitiva de la Fiscalía de Santo Domingo Este, estuvo a su cargo demostrar la responsabilidad penal y culpabilidad del justiciable, logrando la imposición de la condena de 20 años de prisión.

En tanto, la fiscal Isaura Suárez, coordinadora de la Unidad de Violencia de Género, Sexual e Intrafamiliar de la misma Procuraduría Fiscal, estuvo a su cargo la investigación y formulación de acusación.

La pena impuesta deberá ser cumplida en la penitenciaría nacional de La Victoria, y el fallo comunicado al juez de Ejecución de la Pena, para su fiel cumplimiento.

La lectura integra de la sentencia será el 16 de noviembre del año en curso.

Compartir:
Botón volver arriba