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Juez solicita indexación salarial para sus pares

El magistrado Julio César Araujo Díaz, Juez de Paz del Municipio Los Hidalgos, Distrito Judicial de Puerto Plata; solicitó formalmente al honorable Consejo del Poder Judicial indexar el salario base de las juezas y jueces de paz del país, cuyo monto económico está vigente desde el año 2017.

En una comunicación depositada el 16 de septiembre del año 2020 en la sede del Consejo del Poder Judicial, el magistrado Araujo Díaz destacó que el Tribunal Constitucional en su sentencia TC/0691/16 de fecha 16 de diciembre de 2016, estableció como precedente vinculante la necesidad de que todo salario “[…] conserve el poder adquisitivo que le permita vivir con dignidad al permitirle satisfacer necesidades básicas materiales, sociales e intelectuales.”

La solicitud comentada refiere que “el mantenimiento en el tiempo de un mismo valor económico por concepto de salario, sin que haya operado indexación alguna, ha conllevado una notoria y continua pérdida del poder adquisitivo del monto económico del salario; de lo que se desprende que en el marco de la ratio decidendi de la sentencia TC/0691/16 del 16-12-2016, el salario base neto de las juezas y jueces de paz no se sería objetivamente suficiente.”

También, señala que al examinar el índice de variación de precios al consumidor, como criterio oficial para evaluar la pérdida del valor adquisitivo del salario según el portal web del Banco Central de la República Dominicana; se constató que el salario base de las juezas y jueces de paz se ha devaluado en un 11.75% desde marzo del año 2017 hasta agosto del año 2020, lo que unido a otras cuestiones económicas, impactan de forma negativa en la calidad de vida de los juzgadores y las de sus familias, ante el hecho de que sólo dependen de un salario fijo para subsistir.

El Juez de Paz del Distrito Judicial de Puerto Plata, realizó esa petición amparado en sentencias del Tribunal Constitucional.

En ese mismo sentido, refirió que en la Rama Judicial de Puerto Rico, país considerado como referente de buenas prácticas para el Poder Judicial dominicano; un juez municipal, equivalente al juez de paz dominicano, percibe un salario base mensual de US$7,500 dólares estadounidenses, según lo aprobado en fecha 5 de noviembre de 2019 por el Senado de ese país en la enmienda al artículo 7.001 de la Ley 201-03 sobre la Judicatura de Puerto Rico.

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Igualmente, destacó que el Tribunal Constitucional en su sentencia TC/0210/20 de fecha 14 de agosto del año 2020, consideró que la Ley 105-13 establece los criterios para la fijación de los salarios y las cargas indirectas aplicables a todos los servidores públicos, incluyendo a los servidores del Poder Judicial; y ante una situación similar esa Alta Corte ordenó a la Cámara de Diputados actualizar su sistema de remuneración con el propósito de indexar los salarios de sus empleados.

Al respecto, el magistrado Julio César Araujo Díaz solicitó al honorable Consejo del Poder Judicial que, al tenor de los artículos 156 numeral 2 de la Constitución de la República y 8, numera 1 de la Ley 28-11; en el presupuesto del Poder Judicial que deberá remitirse antes del 01 de octubre al Congreso Nacional vía el Poder Ejecutivo; se incluyan partidas económicas suficientes que permitan en las próximas semanas indexar en por lo menos un 40% los salarios de las juezas y jueces de paz del país, así como de los demás jueces y servidores judiciales, en aras de darle cumplimiento efectivo a lo dispuesto por el Tribunal Constitucional en sus sentencias TC/0691/16 y TC/0210/20, así como a la Ley número 105-13.

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