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Ordenan libertad de “Niño Basura” y “Johnny Escopeta” imputados por asesinato en Sabana Perdida

Por Julio Benzant

Por Julio Benzant

Periodista- Ciudadoriental.com; el primer periódico en Internet de Santo Domingo Este. CONTACTO juliobenzant@gmail.com

Con el voto disidente del juez presidente, el Cuarto Tribunal Colegiado de la provincia Santo Domingo, dictó sentencia absolutoria a favor de dos de tres hombres imputados en el asesinato de otro, en un suceso ocurrido en el sector Villa Pompa de Sabana Perdida, en Santo Domingo Norte.

Los favorecidos con la sentencia por mayoría de votos son el raso de la Policía Nacional Vladimir Echavarría Bastista (a) Niño Basura y/o Bladimir, Jhonny Medina Medina (a) Jhonny Escopeta y/o El Flaco, de 27 y 46 años de edad, respectivamente.

Un tercer imputado, Luis Antonio Valerio Vargas (a) Antoni, de 26 años de edad, fue sentenciado a tres años de prisión por porte ilegal de arma de fuego.

Los tres justiciables estaban imputados en el asesinato de Víctor Zapata Espinosa (a) El Chino, de 26 años de edad, en un suceso ocurrido el cinco de mayo del 2018, en Sabana Perdida.

El encartado raso policial (a) Niño Basura, fue asistido por la abogada privada Adalquiris Lespín Abreu, mientras (a) Jhonny Escopeta, por Martha Estévez, de la Oficina Nacional de la Defensoría Pública (ONDP).

En tanto, el condenado (a) Antoni, condenado por violación a la Ley 631-16, fue asistido por el abogado Junior Pérez, de la ONDP.

De acuerdo a la acusación contra los encartados, a las 11 de la noche de la referida fecha, en el “Colmado Los Mellos”, ubicado en el sector Villa Pompa, el raso policial (a) Niño Basura y/o Bladimir y el justiciable (a) Jhonny Escopeta y/o El Flaco, le habrían infiriedo cincos disparos al hoy occiso Zapata Espinosa (a) El Chino.

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Zapata Espinosa (a) El Chino, fue llevado gravemente herido al hospital Doctor Ney Arias Lora, donde murió dos días después.

Se desconocen los motivos de la agresión a Zapata Espinosa (a) El Chino, quien se encontraba compartiendo con su novia y un amigo.

Los justiciables el raso (a) Niño Basura y/o Bladimir y (a) Jhonny Escopeta y/o El Flaco, fueron señalados por testigos, como los presuntos autores del asesinato

Cámaras de seguridad captaron el al momento de la agresión y escape de los agresores de la escena del suceso, pero existían dudas sobre la identidad de los mismo.

El imputado Antonio Valerio Vargas (a) Antoni, fue detenido cuando se desplazaba en un vehículo con una de las armas de fuego, presuntamente usadas en el hecho de sangre.

Los tres detenidos, les fueron impuestas medidas de coerción de prisión preventiva en las cárceles de Operaciones Especiales, La Victoria y Monte Plata, respectivamente.

La Fiscalía, que solicitó 30 años de prisión a los dos favorecidos con absolución, imputaba a los acusados la violación de los Artículos 265, 266, 295, 296, 297 y 302 del Código Penal Dominicano, así como la Ley 631-16, sobre Armas, Municiones y Materiales Relacionados, que sancionan la Asociación de Malhechores, Asesinato y Porte Ilegal de Armas de Fuego.

En juicio de fondo fue luego de dos maratónicas audiencias, donde desfilaron una gran cantidad de testigos a cargo y descargo de los imputados.

Las juezas Carolo Serenela Modesto Sánchez y Laisa Matos Durán, fueron partidarias de que las pruebas llevadas al plenario, eran insuficiente para retener culpabilidad a “Niño Basura” y “Johnny Escopeta”, imponiéndose la mayoría del tribunal.

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En tanto, el magistrado presidente, Julio De los Santos Morla, motivó ampliamente su disidencia, al considerar que los dos justiciables debieron ser condenado a 30 años de prisión cada uno.

La sentencia absolutoria por insuficiencia de pruebas y por mayoría de votos, fue emparada en lo establecido en el Artículo 337 numeral 2 de Código Procesal Penal (CPP).

El Artículo 337 del CPP establece que; Se dicta sentencia absolutoria cuando: No se haya probado la  acusación o ésta haya sido retirada del juicio; 2)  La prueba aportada no sea suficiente para establecer la responsabilidad penal del imputado.

El abogado Cornelio Santana Merán, actor civil de la familia del occiso, dijo que recurrirá en apelación la decisión del tribunal.

La sentencia se le dará lectura integra el 22 de diciembre del año en curso.

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