
Ordenan libertad de “Tatica” imputado asesinato capitán ERD en El Ureña
Por Julio Benzant / ** Videos
Santo Domingo Este. El Segundo Tribunal Colegiado de la provincia Santo Domingo, ordenó la libertad de un hombre, imputado en el asesinato de un capitán del Ejército de República Dominicana (ERD), en un suceso ocurrido en sector El Ureña, en agosto del 2015.
La sentencia absolutoria favoreció a Ramón Cabrera Salcedo (a) Tatica, de 33 años de edad, domiciliado en la calle Juan Bautista número 14, del referido sector.
Alías “Tatica” estaba imputado junto con su hermano Edgar Cabrera Salcedo (a) Ñema Dulce, en el asesinato de Juan de la Cruz Ferreras Reyes, de 39 años de edad, un capitán del ERD.
En un primer juicio, en el Primer Tribunal Colegiado de la provincia Santo Domingo, Tatica fue condenado a 15 años de prisión y su hermano, (a) Ñema Dulce, favorecido con un descargo.
El favorecido con la sentencia absolutoria, llevaba más de cinco años recluido en la penitenciaría nacional de La Victoria.
El asesinato del capitán Ferreras Reyes, se produjo la noche del 4 de agosto del 2015, cuando el oficial militar se dirigía a la casa de una amiga, en compañía de Bladimir Cabrera De los Santos(a) Blas, de 23 años.
De acuerdo a la acusación, los dos hermanos imputados lo interceptaron con armas de fuego en sus manos, y supuestamente le realizaron un disparo en la región inguinal derecha sin salida, que le provocó la muerte.
El deceso del oficial del ERD se produjo en el Hospital Ramón de Lara, donde fue llevado para tratar de salvarle la vida.
Según el expediente, los dos hermanos escaparon del lugar en una motocicleta, intimidando a los testigos con disparos al aire.
Dos días después, la policía apresó a los dos hermanos sospechosos, ocupándole una pistola Taurus, calibre 9 milímetros, con numeración limada, que de acuerdo al Certificado de Análisis Forense número 3889-2015, coincidió con los casquillos recolectados en la escena del crimen.

A ambos acusados, un juez de la Oficina de Servicios de Atención Permanente de la provincia Santo Domingo, les impuso prisión preventiva en la cárcel de La Victoria, mediante la Resolución Penal 2887-2015, de fecha 08 de agosto del 2015.
Los justiciables estaban imputados de violentar los Artículos 265, 266, 267, 295, 296 del Código Penal Dominicano, que tipifican y sancionan la Asociación de Malhechores y el Asesinato, así como la violación de los Artículos 39 y 40 de la Ley 36, sobre Porte y Tenencia de Armas de Fuego.
En el nuevo juicio, el tribunal compuesto por Josefina Ubiera Guerrero (presidente), Ariella Cedano Nuñez y Yuris Alexandra Cuevas de la Cruz (miembros), dictó al encartado sentencia absolutoria por insuficiencia de pruebas, establecido en el Artículo 337 numeral 2 de Código Procesal Penal (CPP).
El Artículo 337 del CPP establece que; Se dicta sentencia absolutoria cuando: No se haya probado la acusación o ésta haya sido retirada del juicio; 2) La prueba aportada no sea suficiente para establecer la responsabilidad penal del imputado.
El abogado Manuel Mateo Calderón tuvo a su cargo la defensa técnica del ahora condenado.
Cabe destacar, a pesar de ser citados, ninguno de los testigos a cargos acudieron a la juicio.
El favorecido con la sentencia absolutoria, llevaba más de cinco años recluido en la penitenciaría nacional de La Victoria.
La lectura integra de la sentencia será el 8 de abril del año en curso, fecha que abrirá los plazos para recurrir en apelación dicho fallo.