Ordenan libertad hombre tenía dos años preso en La Victoria acusado en presunta violación de una menor
Luego de declarada desierta la Cámara Gessell y la solicitud de la fiscal Ivette Mateo, de Litigación Definitiva, un tribunal ordenó la libertad de un hombre que tenía dos años preso en la cárcel de La Victoria, acusado en la presunta violación de una menor en Villa Mella, municipio Santo Domingo Norte.
La sentencia absolutoria por insuficiencia probatoria favoreció a Estony Orel Jeudy y/o Oriel, un nacional haitiano de 42 años de edad, domiciliado en la calle 04, en el Batey Estrella, en el sector Los Guaricanos, en el referido municipio.
La sentencia fue dictada por el Segundo Tribunal Colegiado de la provincia Santo Domingo.
El justiciable era imputado en la presunta violación de una menor de 12 años de edad.
El extranjero fue arrestado mediante Orden Judicial emitida el 07 de octubre del 2019, luego de una denuncia de la madre de la menor, en la Unidad de Violencia de Genero y Sexual e Intrafamiliar de la provincia Santo Domingo.
Un juez de la Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente de la provincia Santo Domingo, le impuso prisión preventiva en la cárcel de La Victoria, mediante la Resolución Penal número 530-2019-SEMC-02729, del 12 de octubre del 2019.
Al justiciable le fue dictado auto de apertura a juicio de fondo, bajo acusación de violentar los Artículos 305 y 331 del Código Penal Dominicano, que sancionan la amenaza y violación sexual,
Además los Articulo 12, 13, 14, 15, 18, 396 y 397 de la Ley 136-03, que instituye el Código para la Protección de los Derechos Fundamentales de Niños, Niñas y Adolescentes.
En el juicio de fondo, tras declarar desierta la entrevista de la menor en Cámara Gessell y tras la fiscal Ivette Mateo solicitar su absolución, el tribunal compuesto por Josefina Ubiera Guerrero (presidente) Ariella Cedano Núñez y José Augusto Santos Salvador (miembros), dictó sentencia absolutoria por insuficiencia probatoria al justiciable, amparado en lo establecido en el Artículo 337 del Código Procesal Penal Dominicano (CPP).
El Artículo 337 del CPP establece que; Se dicta sentencia absolutoria cuando: No se haya probado la acusación o ésta haya sido retirada del juicio; 2) La prueba aportada no sea suficiente para establecer la responsabilidad penal del imputado.
El tribunal ordenó su puesta en libertad desde la Sala de Audiencia, salvó existiera otro caso pendiente en justicia.
La lectura integra de la sentencia fue fijada para el 29 de diciembre del año en curso.