lunes, 27 de abril de 2026
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Criterios que examinará el CNM para designar jueces del Tribunal Constitucional

Por Julio César Araujo Díaz
Juez de Paz de Santiago.

Desde la semana pasada, el Consejo Nacional de la Magistratura está realizando una intensa jornada de vistas públicas con la finalidad de evaluar a los 115 postulantes que han sido preseleccionados por dicho órgano constitucional para optar por la designación de las 5 vacantes de jueces existentes en el Tribunal Constitucional por los próximos 9 años, dentro de las cuales estarán las plazas de Presidente, así como las de Primer y Segundo Sustituto, los cuales tienen la atribución de sustituir en ese mismo orden al Presidente de la Alta Corte.

En las vistas públicas, los integrantes del Consejo Nacional de la Magistratura han cuestionado a los participantes sobre temas relevantes para el país, entre ellas: los mecanismos para la ejecución de las sentencias del Tribunal Constitucional, la eficacia de las sentencias de dicha Alta Corte, la constitucionalidad de la interrupción del embarazo y las causas en las cuales podría efectuarse, la obligatoriedad de las vacunas, la aplicación de la eutanasia en el país, así como lo relativo a los diversos procedimientos constitucionales para la protección de derechos fundamentales de las personas.

Dentro de los 115 postulantes existen 44 jueces del Poder Judicial y 71 abogados que no ejercen funciones judiciales, distribuidos entre académicos, abogados litigantes e integrantes del Ministerio Público; los cuales han reunido los requisitos constitucionales y legales para optar por la designación ante el Tribunal Constitucional, consistentes en tener más de 35 años de edad y haber ejercido por lo menos durante 12 años el rol de juez, ministerio público o abogado, para lo cual se toma en cuenta la fecha de expedición del exequátur que autoriza a la persona al ejercicio de la profesión de abogado en todo el territorio nacional.

Ha llamado positivamente la atención de la sociedad dominicana, la participación de varios postulantes jóvenes con una sólida formación académica y de servicio público, dentro de los cuales existen jueces del Poder Judicial de diferentes categorías, así como la participación de destacadas mujeres abogadas. Se recuerda que la Constitución dominicana dispone en su artículo 55 numeral 13 reconoce el valor de los jóvenes como actores estratégicos en el desarrollo de la Nación.

Conforme al artículo 28 del Reglamento vigente del Consejo Nacional de la Magistratura, para la selección de los integrantes del Tribunal Constitucional cada integrante del Consejo tiene la atribución de postular a uno o varios de los candidatos evaluados, para lo cual se tomarán en cuenta varias competencias o características entre ellas: 1.- Habilitades personales, tales como su integridad, honestidad, disciplina, vocación de servicio y sentido de justicia. 2.- Habilidades interpersonales, entre ellas el liderazgo, el trabajo en equipo, la discreción y colaboración; 3.- Cognoscitivas; donde se debe examinar el razonamiento lógico, pensamiento critico y autónomo del candidato; 4.- Habilidades orientadas a la acción; entre las que se destacan laboriosidad y herramientas tendentes a la mejora del sistema de justicia.

En el año 2021, la actual composición del Consejo Nacional de la Magistratura tuvo la oportunidad de sustituir 4 jueces del Tribunal Constitucional que culminaron su periodo de designación. Según la Resolución 18-21 contenida en el acta número 004-2021 de fecha 22 de enero del año 2021, para dicha sustitución se seleccionó 1 destacado abogado en ejercicio y 3 jueces del Poder Judicial de diferentes categorías y jerarquías en el escalafón judicial.

Para dicha selección, el Consejo Nacional de la Magistratura estableció que el Tribunal Constitucional constituye un órgano extrapoder donde no existen jerarquías o categorías entre los jueces, resultando inaplicables las reglas del sistema de carrera judicial y de su escalafón, las cuales sólo se aplican para la designación de los jueces de la Suprema Corte de Justicia; en razón de que los jueces que integrarán el Tribunal Constitucional son designados por un único periodo de 9 años conforme lo previsto en los artículos 187 de la Constitución y 21 de la Ley 138-11.

 

 

[author title=»Publicado por Julio Benzant» image=»https://ciudadoriental.com/wp-content/uploads/2021/07/juliobenzant.jpg»]Periodista- Ciudadoriental.com; el primer periódico en Internet de Santo Domingo Este. CONTACTO [email protected][/author]