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Imponen 30 años de prisión hombre asesinó a otro en Villa Mella

Por Julio Benzant
Santo Domingo Este. Un hombre, encontrado culpable en el asesinato de otro, en el sector Los Solares de Punta, en Villa Mella, Santo Domingo Norte, fue condenado a 30 años de reclusión mayor por el Segundo Tribunal Colegiado de la provincia Santo Domingo.

La condena le fue impuesta a Ivan Alberto Frías Correa (a) Chico Parao, de 34 años, residente en calle 31 sin número, del sector Los Solares de Punta, en Villa Mella.

Fue encontrado culpable en el asesinato de Manuel Alejandro Lora de Jesús (a) Compiche, de 31 años, obrero residente en la calle Martín Alonso número 24, sector Arquéanos de Villa Mella, en Santo Domingo Norte.

Según la acusación, la tarde del 15 de agosto del 2016, el ahora condenado junto con un tal Moreno, llegaron a la casa del hoy occiso, preguntado en donde se encontraba.

La señora Victoria Rosario Pichardo (a) La Rubia, esposa de Compiche, le respondió  que él había salido minutos antes hacer una diligencia.

Indican que al responder que no sabía el paradero del marido, Frías Correa (a) Chico Parao, agarró por el cuello al hijo de 10 años de la señora con el hoy occiso, y lo golpeó en la cara, con el objetivo que dijera el paradero de su padre.

Segundos más tarde, llego el hoy occiso, y el ahora condenado y su acompañante le dijeron: “Queremos hablar contigo” y se lo llevaron a una casa en construcción que había cerca del lugar.

La esposa de Compiche los siguió, y vió cuando Frías Correa (a) Chico Parao, sacó una pistola de la cintura y le realizó dos disparos a la victima, quien cayó al pavimento gravemente herido y minutos después, murió.

El imputado y su acompañante (a) Moreno, inmediatamente emprendieron la huida.

Nueve meses después, el cinco de mayo del 2017, el acusado fue Frías Correa (a) Chico Parao, fue arrestado en medio de un enfrentamiento con agentes de la Policía, donde resultó gravemente herido e ingresado en el hospital traumatológico Doctor Ney Arias Lora.

Luego del enfrentamiento, se le ocupó una pistola marca Arcus, calibre nueve milímetro, con la numeración limada.

El 24 de mayo, Frías Correa (a) Chico Parao, fue dado de alta del hospital y puesto a disposición de un juez de la instrucción para su examen corporal, como establece el Artículo 99 del Código Procesal Penal (CPP).

Al día siguiente, mediante el Auto número 2011-2017, un juez de la Oficina de Servicios Judiciales de Atención Permanente, le impuso un año de prisión preventiva como medida de coerción, establecida en el numeral 7 del Artículo 226 del CPP.

En el juicio de fondo, el tribunal presidido por el juez Julio De los Santos, encontró culpable al justiciable en violentar los Artículos 265, 266, 295, 296, 297, 298 y 302 del Código Penal Dominicano, que sancionan la Asociación de Malhechores y el Asesinato.

También, los Artículos 66 y 67 de la Ley 631-16, sobre Control y Regulación de Armas, Municiones y Materiales Relacionados, en perjuicio del hoy occiso.

El fiscal Santos Escolástico, del Departamento de Litigación Definitiva, estuvo a su cargo la presentación de la acusación, llevando al plenario la pruebas suficientes para destruir la presunción de inocencia del encartado y lograr la imposición de la pena de 30 años de reclusión.

El tribunal impuso al justiciable el pago de un millón de pesos de indemnización a favor de la viuda del occiso, quien se constituyo en actor civil en el proceso.

La lectura integra de la sentencia fue fijada para el ocho de abril.

El fallo establece que el condenado deberá cumplir la pena impuesta en la cárcel pública de La Victoria.

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