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Administración ASDE justifica compra obras de arte por 20 millones de pesos

Descarta fuera  necesario consultar al Concejo de Regidores para comprar obras de arte con las que decorar el nuevo Palacio Municipal por valor de 20 millones de pesos.

El Comité de Compras y Contrataciones del Ayuntamiento de Santo Domingo Este hace la aclaración poco después de que el regidor Manuel Soto Lara promovió el bloqueo al pago de ese dinero y cualquier otro relacionado con el Palacio Municipal.

Soto Lara ha advertido de que levará a los tribunales a la Tesorera Municipal y al Contralor Municipal si pagan esas obras antes de que las mismas sean sometidas a una auditoría por las autoridades municipales que asumirán sus cargos el próximo 16 de agosto.

A continuación, el texto íntegro de la aclaración  del Comité de Compras y Contrataciones del ASDE, que fuera remitida a Ciudad Oriental en respuesta a la i niciativa judicial del concejal Soto Lara.

Pinturas como esta están en los distinto sniveles del Palacio Municipal, fueron compradas de grado a grado, según el regidor Soto Lara
Pinturas como esta están en los distinto sniveles del Palacio Municipal, fueron compradas de grado a grado, según el regidor Soto Lara

UNA ACLARACIÓN NECESARIA
La Alcaldía, a través de sus diferentes estructuras institucionales, funcionarios y técnicos (en las direcciones, departamentos, divisiones y oficinas), tiene las competencias legales para la administración y la ejecución del Presupuesto de Ingresos y Egresos, de cada año, después que haya sido debidamente aprobado por el Concejo de Regidores.

Para las ejecutorias de las partidas consignadas en el Presupuesto, la Alcaldía tiene la responsabilidad de realizarlas de acuerdo a las disposiciones establecidas por las leyes y normas correspondientes a cada uno de los renglones contemplados en dicho Presupuesto.
La Ley No. 176-07 establece que la Alcaldía tiene que remitir, trimestralmente, y así siempre se ha hecho, los resultados de las ejecuciones presupuestarias al Concejo de Regidores y a las instituciones de fiscalización del Estado para sus conocimientos y aprobaciones.

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Las compras y contrataciones de obras, bienes y servicios que se encuentren incluidas en el Presupuesto, una vez haya sido aprobado por el Concejo de Regidores, se llevarán a cabo de acuerdo a los Arts. 220 y 221 de la Ley No. 176-07 y los mandatos contenidos en la Ley No. 340-06 sobre Compras y Contrataciones Públicas y su Reglamento de aplicación, el No. 543-12, lo cual será susceptible del seguimiento y de las posibles objeciones por parte de la Dirección General de Compras y Contrataciones Públicas (DGCP), en su calidad de órgano rector en dichas áreas.

El Ayuntamiento de Santo Domingo Este (ASDE) se encuentra en el primer lugar del ranking de los 50 principales ayuntamientos del país, con una valoración de 100% como buenas practicas municipales, gracias a las correctas ejecutorias de los Presupuestos de los años 2015 y 2016, en sentido general, y muy en especial por cumplir con el debido proceso en todo lo relacionado con las compras y contrataciones que se vienen realizando, con absoluta transparencia y apegado a las disposiciones legales y las partidas, previamente, aprobadas por el Concejo de Regidores.

En el Presupuesto de este año 2016, por ejemplo, el Concejo de Regidores aprobó las 93 diferentes obras del Presupuesto Participativo Municipal (PPM) y 31 obras que les sometió la Alcaldía. Las contrataciones para implementar dichas obras se realizan mediante las modalidades de licitaciones (públicas nacionales, restringidas o por comparación de precios, o por sorteos) que contempla la Ley No. 340-06 y el Decreto No. 543-12.

Ese conjunto de licitaciones no tiene que ser enviado ni aprobado por el Concejo de Regidores. Basta que se haya cumplido con las disposiciones de la Ley y, posteriormente, rendir cuentas ante el Concejo de Regidores y los órganos de fiscalización del Estado, mediante los informes de las ejecuciones presupuestarias u otros informes, si fuere necesario.

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Si en uno de los renglones de las ejecutorias (una licitación, sorteo o una determinada compra de bienes y servicios) se considerara necesaria una mayor explicación o informe adicional, los Regidores, en su calidad de fiscalizadores, (por iniciativa personal, o a través de sus respectivos Bloques o mediante resolución del Concejo) tramitan la solicitud a la Alcaldía, la cual deberá ser atendida con presteza y transparencia.

Pero es, materialmente, imposible e innecesario legalmente, que el Concejo de Regidores deba aprobar, una por una el conjunto de las 124 licitaciones que se realizan este año en el ASDE.

En el caso específico de la adquisición de las obras de arte (cuadros artísticos y decorativos) para el Palacio Municipal, simplemente, se procedió con lo establecido en el Art. 6, párrafo único, numeral 2, el cual establece el procedimiento para la adquisición de obras artísticas, técnicas, científicas, históricas o restauración de monumentos históricos, cuya ejecución debe confiarse a empresas, artistas o especialistas, que son los únicos que pueden llevarlas a cabo.

En consecuencia, la licitación o procedimiento para adquirir las obras artísticas no había necesidad de que fuera aprobada por el Concejo de Regidores. Era suficiente que formarán parte de las compras y contrataciones contempladas en el Presupuesto del 2016, en el paquete incluido para la culminación de la construcción del Palacio Municipal.

Por todo lo anterior, la Alcaldía está en la mejor disposición de explicar al honorable Concejo de Regidores o a cualquier persona interesada todo lo relacionado con la compra legal e institucional a varios artistas dominicanos de las 240 obras de artes para la decoración del Palacio Municipal.

Dirección de Comunicación del ASDE
9 de agosto del 2016

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