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Nuevo juicio condena a tres años prisión ex síndico SFM imputado por corrupción

El ex encargado de Nóminas del ayuntamiento fue condenado a cinco de prisión.

Por Julio Benzant

Por Julio Benzant

Periodista- Ciudadoriental.com; el primer periódico en Internet de Santo Domingo Este. CONTACTO juliobenzant@gmail.com

 

El ex alcalde de San Francisco de Macorís Félix Manuel Rodríguez Grullón, y el ex encargado de Nóminas del ayuntamiento de ese municipio, Jerson Lizardo, fueron condenados este jueves 16 de noviembre a penas de tres y cinco de prisión, respectivamente por corrupción, en un nuevo juicio en el Segundo Tribunal Colegiado de la provincia Santo Domingo.

El tribunal conformado por Josefina Ubiera Guerrero (presidente), Yuri Cuevas de la Cruz y José Leonel Asencio Quezada (miembros), encontró culpables a los dos imputados en violentar los Artículos 171 y 172 del Código Penal Dominicano, que sancionan el desfalco y apropiación de fondos públicos.

Los dos justiciables estaban señalados en la malversación de más de 400 millones de pesos pertenecientes al municipio de San Francisco de Macorís.

El tribunal rechazó la demanda en actor civil, formulada por organizaciones de San Francisco de Macorís.

También rechazó la variación de la medida de coerción, solicitada por el Ministerio Público.

La lectura integra de la sentencia, fue fijada para el siete de diciembre del año en curso.

El ex alcalde peledeísta, el 27 de marzo del 2015, había obtenido una sentencia de No Ha Lugar a su favor, la cual fue apelada por el Ministerio Público, en la autoría de la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (PEPCA).

La Corte de Santo Domingo, revocó ese Auto de No Ha lugar que el suspendido juez de esa misma Corte, Víctor Mejía Lebrón, había emitido, acogiendo los medios de pruebas presentados por el Ministerio Público y envió el caso a juicio de fondo.

En un juicio realizado en diciembre del 2017, en el Segundo Tribunal Colegiado de la Cámara Penal de la provincia de Santo Domingo (con otra composición), condenó al ex alcalde del Partido de la Liberación Dominicana (PLD) Félix Manuel Rodríguez y el ex Encargado de Nóminas del ayuntamiento, Jerson Lizardo, a 5 y 8 años de prisión, respectivamente y al pago de 5 y 10 millones de pesos, tras ser encontrados culpables de malversación de fondos.

También al pago de una indemnización de 30 millones de pesos a favor del Estado Dominicano.

En la ocasión, la ex tesorera Fiordaliza Genao (quien falleció recientemente) y la señora Ana Bovier, fueron descargadas de responsabilidad penal, por insuficiencia probatoria.

El fallo establecía que Rodríguez y Lizardo, deberían cumplir la condena en el Centro de Corrección y Rehabilitación Vista del Valle, de San Francisco de Macorís.

El ex alcalde peledeísta, el 27 de marzo del 2015, había obtenido una sentencia de No Ha Lugar a su favor, la cual fue apelada por el Ministerio Público, en la autoría de la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (PEPCA).

La decisión, fue recurrida por ante la Suprema Corte de Justicia, que anuló la sentencia y dispuso el conocimiento de un nuevo juicio ante una de las salas de la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Departamento Judicial de Santo Domingo.

El proceso penal fue conocido en la jurisdicción judicial de Santo Domingo para garantizar la seguridad en el proceso.

Representantes del Frente Amplio de Organizaciones Populares (FALPO) y de otras organizaciones de la sociedad civil de San Francisco de Macorís, se manifestaron en varias ocasiones frente al Palacio de Justicia en la Charles de Gaulle, en demanda de justicia.

Artículos 171 y 172 del Código Penal Dominicano:
Art. 171.- La apropiación por parte de cualquier funcionario o empleado, de dinero, propiedad, suministro o valor, para destinarlo a un uso y fin distinto de aquellos para los cuales le fue entregado o puesto bajo su guarda; o la falta, negligencia o negativa a rendir cuenta exacta del dinero recibido, sellos de correos, sellos de Rentas Internas, papel sellado, terreno, edificios, útiles, muebles, equipos, materiales, suministros, u otras cosas de valor, se tomará como evidencia prima facie de desfalco.

Art. 172.- Cualquier funcionario o empleado público, convicto de desfalco, de conformidad con lo dispuesto por los artículos anteriores, será castigado con una multa no menor de la suma  desfalcada y no mayor de tres veces dicha cantidad y con la pena de reclusión. Sin embargo, si antes de haberse denunciado el caso a la justicia, se reparase en cualquier forma que sea el daño causado, o se reintegrare el dinero o los efectos desfalcados, ya sean muebles o inmuebles, la pena será la de no menos de un año prisión correccional y la inhabilitación para desempeñar cualquier cargo público durante cuatro años.

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CRONOLOGÍA DEL PROCESO (Tomado del periódico eljaya.com):

2 de noviembre 2011
El escándalo del desfalco en el ayuntamiento de San Francisco de Macorís, se destapó el día 2 de noviembre del año 2011.

En esa fecha, el ingeniero Félix Manuel Rodríguez, convocó a una rueda de prensa en su despacho, donde denunció un fraude de 25 millones de pesos en la nómina del cabildo.

El encargado de nómina, en ese entonces, Jerson Lizardo, se defendió y acusó al ingeniero Rodríguez de la situación que se presentaba.

Los integrantes de la Sala Capitular, reclamaron de manera formal una exhaustiva investigación al ingeniero Félix Rodríguez, la tesorera municipal, licenciada Fiordalisa Genao Hernández y el director del Departamento de Nóminas, licenciado Jerson Lizardo.

La Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción (PEPCA), inició las indagaciones correspondientes, determinando que el fraude no fue de 25 millones, sino de 400 y sometiendo a la justicia al alcalde, al encargado de nómina, a la tesorera y otros funcionarios municipales.

Las irregularidades, detectadas en un informe de la Cámara de Cuentas, incluyen falsedad de documentos, prevaricación, desfalco, concusión, abuso de confianza y asociación de malhechores.

El Ministerio Público, en esa ocasión informó que se pudo comprobar que en el período comprendido de enero 2007 a noviembre 2011, los imputados realizaron un fraude electrónico en la nómina del personal por unos RD$25 millones, encontrando otras anomalías que elevaron el monto a 400 millones de pesos.

Todos fueron acusados formalmente por el Ministerio Público del fraude, soborno, estafa, robo, asociación de malhechores, prevaricación, entre otros delitos.

El 26 de febrero del año 2014.
La Procuraduría General de la República, obtuvo una orden de arresto contra el alcalde de San Francisco de Macorís, Félix Manuel Rodríguez Grullón y los demás implicados, así como orden de allanamiento a sus residencias.

Las órdenes fueron ejecutadas, pero el alcalde no se encontraba en su residencia y más adelante se informó que se encontraba de viaje en un crucero.

3 de marzo 2014
El ingeniero Félix Rodríguez, se entrega ante la Procuraduría General de la República, en Santo Domingo, de donde más adelante fue trasladado a San Francisco de Macorís, donde la Cámara Penal de la Corte de Apelación, (por el privilegio de jurisdicción que tenía en ese entonces), se disponía a conocer medidas de coerción, conjuntamente con varios funcionarios municipales.

4 de marzo 2014
Luego de más de 13 horas de debates y deliberaciones, el Presidente de la Cámara Penal de la Corte de Apelación, Claudio Aníbal Medrano, rechazó el pedimento del ministerio público, de prisión preventiva por un año, en contra de Rodríguez, el señor Jerson Lizardo, encargado de nómina y Fiordaliza Genao, tesorera.

Como medida de coerción el magistrado impuso a Félix Manuel Rodríguez, una garantía económica de 5 millones de pesos; 200 mil pesos a Jerson Lizardo y 200 mil pesos a Fiordaliza Genao, así como visitas periódicas ante el Procurador General de la Corte de Apelación, a cada uno de los implicados, e impedimento de salida del país.

La decisión dio lugar a enardecidas protestas por parte de organizaciones de San Francisco de Macorís, que exigían prisión en contra de los imputados.

En los meses siguientes se suscitaron una serie de incidentes procesales, entre ellos, la solicitud de los abogados de Rodríguez, de la declinatoria del caso hacia otra jurisdicción por alegadas razones de seguridad.

22 de agosto 2014
La Suprema Corte de Justicia decide declinar el conocimiento del proceso hacia la Corte de Apelación de Santo Domingo.

Los abogados del entonces alcalde, había pedido formalmente a la Suprema Corte de Justicia, trasladar a otra jurisdicción el proceso, argumentando que no existía seguridad para la integridad física de su defendido.

Basaron ese criterio en el hecho del tiroteo de que fue objeto el edificio del ayuntamiento municipal, al que se atribuyó un supuesto “Comando de la Resistencia Popular Duartiana”, así como amenazas escritas dejadas en lugares públicos.

20 de febrero 2015
El juez de la Instrucción Especial de la Cámara Penal de la Corte de Apelación de la provincia Santo Domingo, Víctor Mejía Lebrón, dictó auto de apertura a juicio en contra del alcalde y tres de sus funcionarios, en el conocimiento de la audiencia preliminar.

6 de abril 2015
El entonces alcalde del Partido de la Liberación Dominicana (PLD), sometió un recurso de casación contra el auto de apertura a juicio que le fue dictado.

En la instancia depositada por ante la secretaría de la Corte de Apelación de la provincia Santo Domingo, el alcalde alega que el tribunal al enviarlo a juicio de fondo, vulneró sus derechos fundamentales y garantías constitucionales.

8 de abril 2015
El Concejo de Regidores de San Francisco de Macorís, decide suspender en sus funciones al alcalde municipal Félix Rodríguez Grullón, por haber sido enviado a juicio de fondo.

La dirección del ayuntamiento de San Francisco de Macorís, fue asumida por la vice alcaldesa, Josefina Camilo.

La Ley 176-07 establece en su artículo 44 sobre los Distritos Municipales y los Municipios que cuando se presenten casos como el que involucra a Rodríguez Grullón, los alcaldes deben cesar en sus funciones y darle a paso a su vicealcalde.

24 de marzo 2017
La Corte de Apelación de la provincia de Santo Domingo, envió a un tribunal ordinario el conocimiento del proceso contra Félix Rodríguez y demás implicados en el escándalo de corrupción, luego que éste perdiera el privilegio de jurisdicción.

Al efecto, fue apoderado el Segundo Tribunal Colegiado de Santo Domingo, para el conocimiento del caso.

8 de diciembre 2017
El Segundo Tribunal Colegiado de la provincia de Santo Domingo condenó a cinco años de prisión al exalcalde de San Francisco de Macorís, Félix Manuel Rodríguez Grullón, quien fue encontrado culpable de actos de corrupción.

El tribunal, integrado por Eduardo de los Santos, Carlos Suero y Awilda Serrano también impuso a Rodríguez Grullón, el pago de una indemnización de cinco millones de pesos.

El tribunal condenó a ocho años de prisión al ex encargado de nómina Jerson Lizardo, a quien impuso el pago de una multa de ocho millones de pesos. Al igual, el tribunal descargó a Ana Hilda Aquino y a la ex tesorera del Ayuntamiento, Fiordaliza Genao.

La decisión del tribunal dio lugar a que los imputados recurrieran en apelación la decisión, por ante la Cámara Penal de la Corte de Apelación de Santo Domingo.

El Ministerio Público también apeló la sentencia.

9 de noviembre 2019
La Corte de Apelación de Santo Domingo, elevó la condena de cinco a ocho años de prisión que pesaba contra Félix Rodríguez, exalcalde de San Francisco de Macorís, por malversación de 400 millones de pesos provenientes del presupuesto de la institución que encabezaba.

La decisión señalaba que el exfuncionario debería cumplir la condena en el Centro de Corrección y Rehabilitación Vista del Valle de San Francisco de Macorís y además debe pagar 40 millones de pesos a favor del Estado Dominicano.

Por el mismo caso también fue condenado Jerson Lizardo, exencargado de nómina de la alcaldía, a cinco años de cárcel en el centro Vista del Valle. En cuanto a la imputada Fiordaliza Genao, la Corte decidió imponerle cinco años de arresto domiciliario.

Todos recurrieron la sentencia ante la Suprema Corte de Justicia, alegando que la Corte de Apelación habría desnaturalizado los hechos que le imputan e hicieron una valoración arbitraria de las pruebas para reincorporar algunas calificaciones penales descartados en el juicio de primera instancia.

27 de mayo 2022
La Suprema Corte de Justicia dejó sin efecto la condena de ocho años que había dictado la Corte de Apelación de la provincia Santo Domingo, en contra del exalcalde de San Francisco de Macorís, Félix Manuel Rodríguez Grullón, sentenciado en 2018 por malversación de 400 millones de pesos del presupuesto de la alcaldía de su localidad.

Mediante sentencia, los jueces de la Sala Penal de la Suprema, Francisco Jerez Mena, Nancy Salcedo, Fran Soto, María Garabito y Francisco Ortega Polanco, ordenaron que el recurso de apelación del ex funcionario vuelva a conocerse en la Corte, luego de que evidenciaran algunos vicios procesales en la sentencia del tribunal que elevó de cinco a ocho años la condena contra el exalcalde.

Los jueces enviaron el caso ante la Presidencia de la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Departamento Judicial Santo Domingo, a fin de que una sala distinta pueda conocer el recurso.

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