
Tribunal ordena libertad papá acusaban violar su hija en Herrera +Video
Por Julio Benzant
Santo Domingo Este. Un tribunal de primera instancia de la provincia Santo Domingo, ordenó la libertad de un papá acusado por su ex esposa de violar sexualmente a su hija de 16 años, en el sector de Herrera, en Santo Domingo Oeste.
La sentencia absolutoria que favoreció a Obispo Morillo Montero, de 43 años, fue dictada por el Segundo Tribunal Colegiado de la provincia Santo Domingo.
De acuerdo a la acusación, formulada en abril del 2015, el descargado habría presuntamente abusado de la adolecente, luego que esta fuera enviada a vivir con él por su madre, quien alegadamente, no podía cubrir los gastos de la menor.
Según el Ministerio Público, el progenitor se habría levantado de su cama y penetró a la habitación donde dormía la menor con otros hermanos.
Allí, de acuerdo a la acusación, supuestamente abuso sexualmente de la adolecente.
En su declaraciones, tanto Rosalia Ogando Ogando, la madre querellante, como su hija (ahora mayor de edad), fueron incoherentes en sus relatos antes el tribunal.
El abogado Sandy W. Abreu, de la Defensoría Pública, se empeño a fondo en mantener la presunción de inocencia de su defendido, demostrándoles a los jueces, que tanto la querellante como la víctima, mentían.
El defensor dijo que era imposible, que una habitación habitada por más personas se cometiera una violación sexual, sin darse por enterados los demás.
En la Sala de Audiencia se rumoró que las verdaderas razones de poner al encartado en condición Sub Judice, eran las presuntas pretensiones de quedarse con una vivienda propiedad de acusado.
El tribunal compuesto por los jueces Eduardo de los Santos (presidente), Josefina Ubiera y Katty Lara (miembros), se amparó en el Artículo 337 del Código Procesal Penal Dominicano (CPP), que establece las normativas para dictar sentencia absolutoria.
“La sentencia absolutoria ordena la libertad del imputado, la cesación de las medidas de coerción, la restitución de los objetos secuestrados que no estén sujetos a decomiso o destrucción, las inscripciones necesarias y fija las costas.
La libertad del imputado se hace efectiva directamente desde la sala de audiencias y se otorga aun cuando la sentencia absolutoria no sea irrevocable o se haya presentado recurso”, establece el 337 del CPP.
El papá acusado contra quien pesaba prisión preventiva como medida de coerción, tenía más de dos años recluido en la penitenciaría nacional de La Victoria.