
Por Waldys Taveras
Como premisa quiero señalar que aunque creo que en la Republica Dominicana no existen partidos políticos, sino maquinarias electorales clientelares, creo en el sistema de Partidos Políticos, como sostén del sistema democrática, como garantía de libertades públicas, que entiendo que los habitantes de un territorio se convierten en ciudadanos cuando ejercen sus derechos participando de manera organizada en las tomas de decisiones que definen las políticas públicas, y eso solo se hace desde las organizaciones políticas partidarias, que cuando el habitante deja de ejercer sus derechos pasa a ser un simple ser vivo en el territorio, como lo son nuestros animales domésticos.
En la Republica Dominicana el transfuguismo es tema de debate regularmente en periodo pre-electoral, es defendido por los grupos de detentan la administración pública y condenado por los grupos que están en la oposición y aspiran a la administración pública, esto es que los mismos personajes lo condenan o lo defienden según estén o no administrando la cosa pública..
Pero que es un tránsfuga?: La persona que cambiando de ideología abandona un partido con cuyos votos obtiene una posición de representación en los órganos del estado y se incorpora a otro partido.
De esta definición se desprende tres elementos constitutivos del transfuguismo (1) La persona debe cambiar de ideología (2) Debe incorporarse a otro partido (3) Debe ostentar una función en virtud de la elección del partido a órganos de gobierno.
Para ser Tránsfuga debe cambiar de ideología ¿Cuál es la ideología de los funcionarios electos dominicanos, se promueven como de izquierda, de derecha o centro izquierda? Ninguno de nuestros candidatos se promueve bajo las sombrillas de las ideas, se promueven como: El que Resuelve, El Bueno, El Con Cuarto y Armao, El que Apoyan los Empresarios etc. En Consecuencia como no se Promueven por Ideologías no Se Reúne uno de los tres (3) Elementos Constitutivos del TRANSFUGUISMO.
Para ser tránsfuga el funcionario tiene que haber sido electo por el del partido a los órganos de gobierno, en la republica dominicana las agrupaciones que se denominan partidos políticos no eligen funcionarios, su competencia queda limitada a la presentación de candidaturas según lo dispuesto por la constitución dominicana y la Ley del régimen electoral según las disposiciones del 77 para los representantes congresionales y 201 para los representantes municipales.
Los partidos eligen funcionarios electos en el sistema de listas cerradas que se caracteriza porque el elector emite su preferencia por el Partido Político y resulta electo la persona que presento en partido en el orden de la lista de candidatos en consecuencia su representación es de las ideas y las siglas del partido. En estos casos queda conformado uno de los elementos constitutivos del transfuguismo.
En la Republica Dominicana la escogencia de los representantes se realiza mediante el voto preferencial que consiste en que el votante señala de manera directa quien quiere que sea su representante en estos casos su representación no es al partido, su representación es del votante que lo escogió. En consecuencia no existe otro de los elementos constitutivos del transfuguismo.
Para muchos teóricos consideran que con el voto preferencial el escaño corresponde al representante y éste puede conservarlo independientemente de que se mantenga o no en el mismo partido político, muy especialmente porque en muchas ocasiones las cúpulas partidarias lo escogen como candidato en virtud de su fortaleza económica o de los grupos que lo apoyan y en más del 90% de los casos esa escogencia es resultado del voto clientelar o comprado al elector.
Por lo tanto en un país, sin partidos políticos, carente de ideologías y un sistema electoral clientelar NO EXISTE EL TRANSFUGUISMO, existe en la mayoría de los casos, la lucha por permanecer en la administración pública.
