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Ordenan libertad hombre que mató su hijastro en defensa propia en Alma Rosa

Por Julio Benzant / **Video
Santo Domingo Este. Luego de variada la calificación jurídica de Homicidio Voluntario por Legitima Defensa, el Primer Tribunal Colegiado de la provincia Santo Domingo, ordenó la libertad de un hombre, imputado de matar a un hijastro de una puñalada, en un suceso ocurrido en el sector Alma Rosa, en este municipio.

La decisión del tribunal favoreció a Javier Rodríguez Martínez (a) Gambao, de 46 años de edad, domiciliado en la calle 8-A número 63, en el referido sector.

El justiciable estaba imputado en el homicidio de Yordi Rincón Contreras y/o  Yordi Rincón de la Cruz (a) Manyao, de 24 años, quien era su hijastro.

El suceso donde Rodríguez Martínez (a) Gambao, mató de una puñalada a su hijastro, ocurrió la mañana del 13 de octubre del 2019.

Según la acusación, el imputado y el ahora occiso, habría tenido una discusión, porque la víctima había golpeado minutos antes a su hermana, menor de edad e hija del justiciable.

Producto de la discusión se originó un pelea y Rodríguez Martínez (a) Gambao, se marchó a su vivienda, donde fue correteado por su hijastro, hoy occiso.

En esas circunstancias, de acuerdo el expediente, el justiciable Rodríguez Martínez (a) Gambao, le propinó una estocada con un arma blanca a Alía Manyao, la cual le produjo la muerte, mientras recibía atenciones médicas.

Rodríguez Martínez (a) Gambao, le fueron impuestas medidas de coerción de prisión preventivas y posteriormente, dictado Auto de Apertura a Juicio, acusado de Homicidio Voluntario.

En el juicio de fondo y luego de variar la calificación jurídica de Homicidio Voluntario por Legitima Defensa, el tribunal compuesto por Elizabeth Esperanza Rodríguez Espinal (presidente), José Augusto Santo Salvador y Juan Pablo Ortiz Peguero (miembros), ordenó la libertad del justiciable, amparado en lo establecido en el Artículo 328 del Código Penal Dominicano (CPD).

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“El contesto completo de la sucesión de eventos que se suscitaron ese día, fueron provocados por la hoy víctima, por lo que llegamos a la conclusión que fue legítima defensa suya”, indicó la jueza Rodríguez Espinal, en las motivaciones.

El Articulo 328 del CPD establece lo siguiente: «No hay crimen ni delito, cuando el homicidio, las heridas y los golpes se infieran por la necesidad actual de la legítima defensa de sí mismo o de otro».

La variación de la calificación jurídica fue gracias al empeño de la abogada Rosa Elena Morales, de la Oficina Nacional de Defensa Pública (ONDP), quien tenía a su cargo la defensa técnica del justiciable.

El tribunal ordenó la puesta en libertad del imputado desde la sala de Audiencia.

La lectura integra de la sentencia será el 29 de junio del año en curso.

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